Secretaría de Tránsito
Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Pereira, en donde será atendida de manera oportuna:
Tipos de vehículos
- Vehículos de transporte público individual de pasajeros - Taxis
Decretos
Excepciones
Podrá circular el vehículo en la modalidad del servicio público de transporte terrestre automotor individual que, aunque esté cubierto por la restricción, deba hacerlo para el traslado al taller por mantenimiento o reparación en el horario comprendido entre las 10:00am a las 11:00am y de 2:00pm a 3:00pm, y solo podrá ser ocupado por su conductor y/o el mecánico, de acuerdo a los dispuesto por el Decreto 860 de 2012.
Sanciones
Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:
C.
Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.14.
Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.