Secretaría de Tránsito
Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Santa Marta, en donde será atendida de manera oportuna:
Tipos de vehículos
- Vehículos de transporte público individual de pasajeros - Taxis
Decretos
Observaciones
Se permitirá excepcionalmente la ciruculación de los vehículos de servicio de transporte público individual (tipo taxi) en su día de Pico y placa solo para efectos de reparación y mantenimiento: Solo podrá transitar en los horarios que comprendan entre las 06:00 y las 08:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas además de hacerlo con los vidrios laterales abajo, la silla lateral derecha reclinada, sin la silla trasera, sin ocupantes y solo podrá ir ocupado por el conductor. Parágrafo: Se permitirá excepcionalmente la circulación de los vehículos automotores de servicio público individual tipo taxi en su día de Pico y placa el día 20 de cada mes, lo anterior en relación a que ese día opera la restricción de cirtulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en el Distrito.
Sanciones
Los infractores a lo dispuesto serán sancionados según lo consagrado por el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 de 2002 modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010:
C.
Será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) el conductor y/o propietario de un vehículo automotor que incurra en cualquiera de las siguientes infracciones:
C.14.
Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.